
La información de sostenibilidad comienza a cobrar relevancia en el entorno de la auditoría de estados financieros. El Instituto Mexicano...
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El 3 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma las...

El 23 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma, adiciona...
Estimados clientes y amigos: El pasado 29 de enero de 2026, la Presidencia del CEN del IMCP emitió el Folio 16/2025-2026, en el...

Las empresas con socios o accionistas residentes en el extranjero deben presentar el aviso anual mediante la Forma 96 dentro...

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Tasas de ISN aplicables en 2026 Estimados clientes y amigos: En alcance a nuestro comunicado previo sobre el...

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La Secretaría de Economía ha reforzado la verificación de domicilios para empresas con programas IMMEX y PROSEC, un requisito clave...
La información de sostenibilidad comienza a cobrar relevancia en el entorno de la auditoría de estados financieros. El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) emitió el Folio 25/2025-2026, en el cual presenta un informe ejemplo de auditoría relacionado con estados financieros que incluyen información elaborada bajo las Normas de Información de Sostenibilidad (NIS). Si bien esta información no forma parte del alcance directo de la auditoría, se considera “otra información”, por lo que el auditor deberá evaluar posibles incongruencias materiales con los estados financieros auditados. Ante la entrada en vigor de las NIS a partir de 2025, resulta importante que las organizaciones revisen la consistencia entre su información financiera y la información de sostenibilidad, así como los posibles efectos en sus procesos de reporte y auditoría.
El 3 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma las fracciones IV y XI del Apartado A del Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo la reducción gradual de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales. Se trata de una modificación estructural al diseño constitucional del trabajo en México, con efectos progresivos entre 2027 y 2030. ¿Qué cambia con la reforma? La reforma introduce tres ejes fundamentales: Reducción constitucional de la jornada semanal. Nuevo régimen de horas extraordinarias. Transición gradual obligatoria hasta 2030. Le invitamos a descargar y consultar el boletín completo para conocer el análisis integral y las acciones recomendadas.

El 23 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera, incorporando ajustes normativos que redefinen criterios operativos, documentales y de control para los participantes en comercio exterior. Entre los ejes centrales de la reforma destaca el fortalecimiento institucional de la Agencia Nacional de Aduanas de México como autoridad competente, consolidando su separación funcional respecto del Servicio de Administración Tributaria, así como la incorporación de nuevas obligaciones de trazabilidad, consistencia de información y validación documental que impactan directamente la gestión aduanera de las empresas. Dada la naturaleza técnica y operativa de los cambios, resulta indispensable que las organizaciones revisen sus procesos internos, expedientes electrónicos, controles de cumplimiento y criterios de integración documental para mitigar riesgos regulatorios y evitar contingencias. Consulta la publicación oficial:https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5780677&fecha=23/02/2026#gsc.tab=0
Estimados clientes y amigos: El pasado 29 de enero de 2026, la Presidencia del CEN del IMCP emitió el Folio 16/2025-2026, en el cual se precisan los montos de ingresos acumulables que determinan la obligación de presentar ISSIF o SIPRED por el ejercicio 2025.El cumplimiento oportuno es clave para evitar multas, revisiones fiscales y contingencias relevantes. Ponemos a tu disposición nuestro boletín con el análisis completo, así como el documento oficial emitido por el IMCP. Boletin-Fiscal-ISSIF_-SIPREDDescarga

Las empresas con socios o accionistas residentes en el extranjero deben presentar el aviso anual mediante la Forma 96 dentro de los 3 meses posteriores al cierre del ejercicio (generalmente hasta el 31 de marzo). Este trámite permite que los socios extranjeros no tengan que inscribirse en el RFC. No presentarlo puede generar multas o complicaciones fiscales. Si necesitas apoyo, en Niuko contamos con un equipo de expertos en materia fiscal para asesorarte.Nosotros te apoyamos con el trámite.

Las empresas con socios o accionistas residentes en el extranjero deben presentar el aviso anual mediante la Forma 96 dentro de los 3 meses posteriores al cierre del ejercicio (generalmente hasta el 31 de marzo). Este trámite permite que los socios extranjeros no tengan que inscribirse en el RFC. No presentarlo puede generar multas o complicaciones fiscales. Si necesitas apoyo, en Niuko contamos con un equipo de expertos en materia fiscal para asesorarte.Nosotros te apoyamos con el trámite.